El Consejo de Ministros aprobó el 6 de octubre dos nuevos reales decretos-ley de vivienda, después de que el Congreso rechazara los textos anteriores. El Gobierno sostiene que las nuevas normas mantienen su esencia, aunque incorporan algunos cambios, y busca ahora que la Diputación Permanente del Congreso las convalide tras la disolución de las Cortes. A la fecha de las informaciones, no se había fijado la votación.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, defendió la nueva aprobación y afirmó que el Ejecutivo seguirá gobernando hasta las elecciones. La convalidación, sin embargo, depende de una votación parlamentaria: las medidas anunciadas no deben confundirse con normas ya convalidadas.
Dos decretos con medidas distintas
El primero reúne medidas de protección frente a los desahucios y de apoyo al acceso a la vivienda. Entre ellas, el Gobierno anunció préstamos sin intereses de hasta 50.000 euros para la compra de primera vivienda, dentro de una línea de financiación de 10.000 millones gestionada por el Instituto de Crédito Oficial. Según Sánchez, la medida no se limita a un grupo de edad concreto.
El texto también contempla una prórroga extraordinaria de dos años para determinados contratos de alquiler vigentes que venzan antes del 31 de diciembre de 2028. La información disponible señala que el inquilino tendría que solicitarla y estar al corriente de los pagos. El decreto incluye, además, medidas sobre la suspensión de desahucios de personas vulnerables sin alternativa habitacional, con el alcance y las condiciones previstos en el articulado.
Entre los cambios descritos por las fuentes figura una definición más amplia de las operaciones de compra consideradas especulativas por el Ejecutivo. También se prevé que ciertos anuncios de alquiler incluyan información como el índice de referencia y, cuando corresponda, el límite de renta aplicable y la condición de gran tenedor del arrendador. El texto incorpora asimismo requisitos para acreditar la causa de los contratos de temporada.
El segundo decreto regula la renovación automática de contratos de alquiler. Según la cobertura de sus medidas, la prórroga sería de cinco años, o de siete cuando el arrendador sea una persona jurídica, si ninguna de las partes comunica a tiempo su voluntad de no renovar. Si el propietario incumple esa obligación, se prevé una indemnización de al menos 12 meses de renta, con las excepciones que establezca la norma.
La convalidación está pendiente
Tras la disolución de las Cortes, corresponde a la Diputación Permanente ejercer las funciones de la Cámara durante el periodo electoral. Los decretos-ley deben someterse a convalidación o derogación dentro de los 30 días siguientes a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Las informaciones consultadas no ofrecían una fecha concreta para la votación.
La composición de este órgano y las posiciones expresadas en la votación anterior permiten hacer estimaciones, pero no anticipan el resultado. Europa Press calculó que el primer decreto podría reunir 35 votos favorables frente a 34 contrarios si los grupos mantienen sus posiciones previas. Para el segundo, la misma referencia apuntó a 34 apoyos frente a 35 votos en contra, debido, entre otros factores, al rechazo del PNV. El partido había señalado que decidiría tras examinar el texto y su tramitación.
Por tanto, las perspectivas de convalidación no son iguales para ambos decretos y dependen de la decisión final de los grupos. Hasta que se produzca la votación, las medidas quedan sujetas al procedimiento parlamentario correspondiente; la aprobación del Consejo de Ministros, por sí sola, no equivale a su convalidación.